Casación No. 35-2016

Sentencia del 20/07/2016


"... Al efectuar el análisis de los argumentos formulados por la SAT y los antecedentes del presente caso, esta Cámara advierte que se encuentra imposibilitada para entrar a analizar la supuesta interpretación errónea de los artículos 19 y 40 inciso c) de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que los textos transcritos anteriormente, en los que basa su tesis la recurrente y que le sirven de fundamento para desarrollar su recurso, perdieron vigencia el uno de julio del año dos mil, al entrar en vigencia el artículo 12 del Decreto Número 44-2000, que reformó el primer párrafo del artículo 40 del Decreto Número 26-92, reformado por el artículo 16 del Decreto Número 36-97, ambos del Congreso de la República; y en el presente caso, al ser el periodo fiscalizado por la SAT el comprendido de los meses de enero a diciembre de dos mil, la Sala no podría haber utilizado los mismos para emitir el fallo impugnado por haber sido derogados por los decretos antes descritos, por consiguiente, el Tribunal de Casación se encuentra imposibilitada de incursionar en el análisis de rigor, de normas legales que no se encontraban vigentes al momento de formular los ajustes correspondientes en el impuesto que se analiza.  Por lo anteriormente expuesto, el submotivo invocado no puede prosperar y en consecuencia el recurso de casación debe desestimarse..."